
Guía Completa sobre Pensión de Alimentos en Chile
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La pensión de alimentos es un derecho fundamental de los niños, niñas y adolescentes (NNA), garantizando su bienestar económico y cubriendo sus necesidades esenciales. En Chile, el proceso para solicitar, modificar o cesar una pensión de alimentos sigue ciertas normativas y procedimientos. En esta guía, te explicamos todo lo que necesitas saber.
1. ¿Por qué es importante la pensión de alimentos?
Parte del bienestar de los NNA depende de su estabilidad económica y acceso a recursos básicos como alimentación, salud y educación. La pensión de alimentos permite cubrir estos gastos y asegurar un desarrollo integral.
Además, el incumplimiento de esta obligación puede generar problemas legales para el deudor, lo que refuerza la importancia de conocer los procedimientos adecuados para fijar, modificar o hacer cumplir una pensión de alimentos.
2. ¿Cómo se gestiona la pensión de alimentos?
2.1. Proceso Inicial: Mediación Obligatoria
Antes de iniciar una demanda por alimentos, aumento, rebaja o cese, es obligatorio pasar por una mediación en los centros habilitados del país. Un mediador, quien puede ser abogado, psicólogo o trabajador social, actuará como intermediario para intentar lograr un acuerdo entre las partes.
Si la mediación no tiene éxito, el solicitante obtiene un certificado de mediación frustrada, lo que le permite presentar la demanda ante el tribunal de familia.
2.2. Alimentos regulados por la Ley N° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias
Alimentos
Es el monto que el padre o madre sin el cuidado personal del NNA debe pagar por ley hasta que este cumpla 21 años. Si el beneficiario continúa con sus estudios superiores, el pago se extiende hasta los 28 años.
Para determinar la pensión, se consideran:
Las necesidades del NNA: alimentación, salud, transporte, educación, vivienda, recreación, entre otros.
Los ingresos de los padres y la cantidad de hijos a su cargo.
🔹B&R tips: Recomendamos siempre hacer una tabla de gastos con lo indicado anteriormente, en que se tome en consideración lo siguiente respecto a los gastos comunes como luz, agua, gas, arriendo: Si en el hogar que vive el NNA son 5, el total de la boleta en cuestión se debe dividir por 5 y, ese total es lo que gasta el NNA. Ojo, la comida de mascota bajo ningún concepto se debe considerar en esta tabla.
Aumento de Alimentos
Cuando hablamos de esta materia, como algo básico a considerar es que ya debe existir una pensión de alimentos establecida y, si se busca solicitar un aumento de alimentos, hay que atender a un cambio de circunstancias en los gastos del NNA.
Por ejemplo: La pensión de alimentos se fijó cuando el niño tenía 3 años de edad y, actualmente este tiene 18 años de edad y está matriculado en la universidad. Evidentemente, hay un cambio de circunstancias, debe pagar matrícula, mensualidad y sus gastos, no son los mismos que cuando tenía 3 años de edad.
Rebaja de Alimentos
Mientras que, en la rebaja de alimentos, debemos observar un cambio de circunstancias pero desde el punto de vista del padre o padres que pagan la pensión de alimentos al menor.
Puede darse que esté cesante, y al momento de fijarse los alimentos no, o bien, cambió de trabajo y su nuevo sueldo es mucho menor al anterior, el cual sirvió como base para fijar los alimentos. Ojo, no se puede estar en el Registro de Deudor de Pensión de Alimentos ya que de estarlo, no puede solicitar la rebaja.
🚨 Importante: No se puede solicitar una rebaja si el solicitante está en el Registro de Deudores de Pensión de Alimentos.
Cese de Alimentos
Se puede pedir cuando el alimentario-la persona que recibe alimentos-:
Cumple 21 años y no continúa estudiando.
Se titula de su carrera universitaria o técnica.
Cumple 28 años.
🔹 Nota: El solicitante tampoco debe estar en el Registro de Deudores de Pensión de Alimentos.
3. ¿Qué hacer si no se paga la pensión?
Cumplimiento de la Pensión de Alimentos
Si una pensión fue fijada y el obligado no la paga, el tribunal abre una causa “Z” para gestionar su cumplimiento.
Los pagos se fijan en UTM y se actualizan mes a mes. En causas antiguas, es recomendable solicitar la conversión a UTM para mantener la deuda actualizada.
Si el deudor no paga, se pueden solicitar medidas como:
Arraigo nacional (prohibición de salir del país).
Orden de arresto.
Descuento directo desde el empleador.
Retención de fondos bancarios o AFP.
4. ¿Cómo se pueden cobrar las deudas de pensión de alimentos?
Si directamente quieres cobrar la deuda de pensión de alimentos a través del banco del deudor, o de su AFP, puedes hacerlo pero, debe estar la pensión en UTM y contar con una pensión actualizada.
Por ley, primero se solicita medida de apremio retención dineros alimentante (bancos, instituciones financieras), con esto, deben esperar que diversos bancos, instituciones financieras, incluso la AFP voluntaria, informen si el deudor tiene fondos ahí, de tenerlos, se retienen y se depositan a la cuenta que el tribunal abrió para la pensión de alimentos.
Con esto listo, se puede solicita inicio de procedimiento extraordinario (cobro fondos AFP) y, nuevamente, las respectivas respuestas de las AFP nacionales y, de existir fondos, se retiene el total de la deuda pero, si la deuda es muy cuantiosa, se debe respetar unos límites: Si el deudor está a menos de 10 años de jubilar, se retiene un 50% de los fondos y, si está a más de 10 años de jubilar, se retiene un 80% de los fondos disponibles.
En conclusión, y en términos generales debes cumplir con determinados requisitos para obtener pensión de alimentos, aumento, rebaja, cese o, cumplimiento del mismo, según sea el caso.
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